REGIMENES DE FACILIDADES
NACIONALES (AFIP)
1.-RÉGIMEN PERMANENTE (RG 3516)
Régimen de
facilidades de pago permanente para sujetos con monto de ventas anuales igual o
inferior a $ 50.000.000 para el caso de venta de bienes o de $ 30.000.000 en el
caso de locaciones y/o prestaciones de servicios, que sean empleadores o monotributistas.
REQUISITOS
a) Respecto de
la calidad de empleador:
1. Personas
jurídicas y sociedades de hecho: deben haber exteriorizado como mínimo dos (2)
empleados en la declaración jurada del Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA) correspondiente al último período fiscal vencido al mes inmediato
anterior.
2. Personas
físicas: haber exteriorizado como mínimo dos (2) empleados en la declaración
jurada del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondiente al
último período fiscal vencido al mes inmediato anterior, pudiendo
contabilizarse dentro de dicho mínimo hasta un (1) empleado declarado en el
registro especial del personal de casas particulares
CONCEPTOS
ALCANZADOS
- Obligaciones
impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses,
actualizaciones y multas.
- Multas y
tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones,
comprendidos en cargos suplementarios o en el procedimiento para las
infracciones.
- El impuesto
que recae sobre las salidas no documentadas –art. 37 de la ley del gravamen-.
- Los
intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a las retenciones y
percepciones, los anticipos y/o pagos a cuenta, y al impuesto al valor agregado
que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el
exterior con utilización económica en el país.
- Las deudas
en discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial, así como en
ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en
su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
- Los ajustes
resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal,
siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable y las
obligaciones respectivas sean susceptibles de ser incluidas.
- Las cuotas
mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los
sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
CONDICIONES
a) La cantidad
máxima de cuotas a otorgar: seis cuotas (6).
b) Las cuotas
serán mensuales, iguales y consecutivas.
c) El monto de
cada cuota deberá ser igual o superior a $ 150.
d) La tasa de
interés mensual de financiamiento será del 1,35%.
e) Las
declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los
recursos de la seguridad social por las que
se solicita la cancelación financiada,
deberán estar presentadas a la fecha de
adhesión al régimen.
INGRESO
DE LAS CUOTAS
Las cuotas
vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en
que se consolide la deuda y se formalice la adhesión, realizándose un segundo
intento de débito directo el día 26 del mismo mes.
DEUDAS COMPRENDIDAS
El saldo
resultante de la presentación de las respectivas declaraciones juradas de los
impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales.
REQUISITOS Y CONDICIONES
* Se podrán solicitar
hasta 3 cuotas, iguales -respecto del capital a amortizar-, mensuales y
consecutivas.
* El ingreso de la
primera cuota deberá efectuarse junto con la presentación de la DDJJ y las
cuotas restantes vencerán los días 22 de cada mes, a partir del inmediato
siguiente a aquel en que se produzca el vencimiento general para la
presentación de la declaración jurada o el vencimiento general, lo que fuera
posterior.
* Devengarán un
interés de financiamiento del 1% (uno por ciento) sobre saldos y se calcularán
aplicando la fórmula que se indica posteriormente.
* El importe de las
cuotas, excluido el interés de financiamiento, no podrá ser inferior a $ 250
(doscientos cincuenta pesos).
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ARBA
Planes de Pago - Ingresos Brutos
Contado:
hasta 10% de bonificación.
Cuotas:
hasta 6.
Para
deudas vencidas al 01/02/2015 y 31/07/2015.
Plan
para deudas hasta 2014
· Plan para deudas
hasta 31/12/2014
o Contado: hasta 45% de
bonificación.
o Cuotas: hasta 48.
o Para deudas prejudiciales vencidas al 31/12/2014 y planes
caducos a la misma fecha.
Mayores deudas hasta 96 cuotas
· Anticipo: 15%
· Hasta 96 cuotas, 3,5% de interés de
financiación.
· Cuota mínima de 10mil pesos.
· Para deudas prejudiciales y judiciales
de todos los impuestos, Agentes de recaudación y fiscalización.
Planes de pago con bonos (Consolidado año 2003)
Ticket
de pago
Ingrese
los datos del ticket de pago de su anticipo.
Liquidación de cuotas
Solicite
la liquidación de la cuota de su plan de pago ya realizado.
RENTAS
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES
Para Inmobiliario/ABL,
Patentes, ISIB - Régimen Simplificado y Publicidad por Internet.
Su solicitud sólo será procesada:
- Si la deuda nominal no supera la suma de $ 45.000 al día de la fecha
- Si no se encuentra transferida a juicio.
- Si no posee vencimientos impagos del año en curso.
-Si Usted
opta por:
CANCELACION DEL PLAN
- Pago contado, tendrá el 100 % de descuento sobre los intereses.
- Plan en cuotas, el pago es hasta 12 cuotas, con el 50 % de descuento sobre los intereses
- Plan en cuotas, el pago es hasta 12 cuotas, con el 50 % de descuento sobre los intereses
(financiación sin cargo).
Deuda en Gestión Judicial:
- La deuda en gestión judicial puede ser regularizada con la Res.
250/AGIP/2008,
509/AGIP/2008 y Res. 09/AGIP/2010.
- A tal fin deberá concurrir al mandatario judicial que tiene adjudicada la gestión de cobro
- A tal fin deberá concurrir al mandatario judicial que tiene adjudicada la gestión de cobro
de su deuda. En este caso se condonan los resarcitorios, no
así los punitorios que se
calculan a la fecha de adhesión. Téngase en cuenta
también que deben abonar los
honorarios de la ley (7% al contado y 10% en
cuotas)
Muy Importante:
- Si opta por el pago en cuotas, deberá presentar indefectiblemente la solicitud de acogimiento
en el Banco de la
Ciudad de Buenos Aires; las cuotas podrían abonarse en las entidades
habilitadas.
- Plan en cuotas, el pago es hasta 12 cuotas, con el 50% de descuento sobre los intereses.
- Plan en cuotas, el pago es hasta 12 cuotas, con el 50% de descuento sobre los intereses.