martes, 16 de febrero de 2016

DEVOLUCION DE PERCEPCIONES



YA SE PUEDE TRAMITAR LA DEVOLUCION DEL ADELANTO DE
IMPUESTO SOBRE VIAJES AL EXTERIOR , DOLAR TARJETA O AHORRO CUANDO NO ES CONTRIBUYENTE DE GANANCIAS O DE BIENES PERSONALES
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que encabeza Alberto Abad, dio a conocer 
el procedimiento que deberán seguir los ciudadanos que sufrieron percepciones de impuesto por viajes al exterior, dólar  tarjeta  o dólar  ahorro  en aquellos  casos en  que no se puede compensar con el Impuesto a las Ganancias o con Bienes Personales por no ser contribuyente de  esos gravámenes.
En realidad la percepción siempre se hace a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, teóricamente, pero hay gente que no es contribuyente de los mismos, como monotributistas  no  inscriptos  en  el  Impuesto sobre  Bienes Personales porque  no  llegan 
al mínimo no imponible del tributo al patrimonio, trabajadores en relación de dependencia  al que no corresponde  practicarle  retenciones  del  impuesto a las ganancias  o personas que directamente 
no tienen "existencia fiscal".
El procedimiento consta de una primera etapa presencial, en caso de ser necesaria, y una etapa posterior, utilizando servicios de Internet con clave fiscal .
Entonces, el primer paso, o trámite presencial consiste en lo siguiente, 

- Solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en la dependencia de AFIP que corresponda a su domicilio fiscal, mediante la presentación del Formulario F. 460/F por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara (facturas de servicio o un certificado policial, por ejemplo).
- Poseer Clave Fiscal con nivel de seguridad 3. De no poseer Clave Fiscal o de poseer una con nivel de seguridad 1 o 2, deberá solicitarla o incrementar el nivel de seguridad en una dependencia de AFIP.
El segundo paso, o trámite con Clave Fiscal se trata de lo que sigue:
- Registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para que sea transferida la devolución. Para ello deberá acceder al servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social". Dicho servicio requiere que la Clave Fiscal posea nivel de seguridad 3 como mínimo.
- Ingresar con Clave Fiscal al servicio "Mis Aplicaciones Web" y realizar la solicitud de devolución mediante el Formulario F. 746/A - Devoluciones y Transferencias.

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