POR
RG 3900 DEL 05/07/2016 LA AFIP
HA ESTABLECIDO NUEVOS CONTROLES PARA
LOS MONOTRIBUTISTAS.-
EN
ESTE PARTICULAR RESPECTO DEL
IMPUESTO SOBRE LOS
DEBITOS Y CREDITOS BANCARIOS.-
LOS
MONOTRIBUTISTAS QUE A LA FECHA GOZAN DE UNA REDUCCION
DE ALICUOTA EN
DICHO IMPUESTO, DEBERAN
AHORA SOLICITAR EL
BENEFICIO VIA WEB, HASTA EL
20/09/2016.-
LA
AFIP CREO UN REGISTRO DE LAS CUENTAS BANCARIAS
QUE TENDRIAN EL
BENEFICIO DE REDUCCION Y EL MONOTRIBUTISTA
DEBERA DECLARAR DICHAS
CUENTAS EN EL
MISMO.-
LA REDUCCION DE ALICUOTA PARA SU GOCE , ESTARA SUJETA A CONTROLES DE AFIP RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES
DE PAGO Y/O INFORMATIVA QUE DEBAN PRODUCIR
LOS RESPONSABLES DEL MONOTRIBUTO.-
DE NO CUMPLIRSE CON AFIP EN TIEMPO Y FORMA HARA
QUE EL ORGANISMO RECAUDADOR COMUNIQUE AL BANCO QUE CORRESPONDE APLICAR
LA ALICUOTA MAXIMA DEL 12 POR MIL
LAS NUEVAS CUENTAS BANCARIAS DEBERAN DECLARASE EN
EL REGISTRO LLAMADO
DE BENEFICIOS FISCALES EN EL IMPUESTO
SOBRE LOS DEBITOS
Y CREDITOS EN CUENTAS BANCARIAS Y OTRAS
OPERATORIAS.-
POR LO TANTO LA REDUCCION DE QUE GOZABAN LOS MONOTRIBUTISTAS
ESTARA SUJETA PARTIR DEL 01/08/2016 AL EXACTO
CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.-
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