martes, 9 de octubre de 2018

PLAN  DE  FACILIDADES   PARA  DEUDAS  VENCIDAS  AL  30/09/2018

          HAY  TIEMPO  HASTA  EL  31/12/2018  PARA ADHERIRSE



El régimen de facilidades de pago comprende tres categorías de planes, según las obligaciones de que se trate: 
a) Obligaciones anuales, aportes, retenciones y percepciones, entre las que se incluyen: 
- Las obligaciones impositivas cuya determinación debe efectuarse por períodos anuales; 
- Los aportes personales de trabajadores en relación de dependencia con destino al SIPA y al INSSJP; y 
- Las retenciones y percepciones impositivas. 
b) Obligaciones mensuales y otras, entre las que se incluyen: 
- Aportes de los trabajadores autónomos; 
- El impuesto integrado y el componente previsional del monotributo; 
- Las contribuciones con destino a la seguridad social. 
c) Reformulaciones de planes vigentes -RG (AFIP) 3827, 4099-E- y 4268. 

Pago a cuenta: 
Se establece un pago a cuenta de $ 1.000, que no podrá ser inferior al 5% de la deuda para contribuyentes que revistan categorías A, B o C en el SIPER, o al 10% para los sujetos que revistan categorías D o E o no se encuentren categorizados en el SIPER. 

El interés de financiación será el equivalente a la tasa del Banco de la Nación Argentina para plazo fijo a 180 días más: 

 3 puntos para las PYMES o 4 puntos de interés para el resto de contribuyentes si el acogimiento se realiza en el mes de octubre de 2018. 

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