LIBRO DE IVA DIGITAL

 


➡️Entra en vigencia el LIBRO DE IVA DIGITAL
QUE ES :
consiste en un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones, al que se accederá ingresando por medio del servicio denominado “Portal IVA” dentro de la web de la AFIP.
QUIENES SON LOS OBLIGADOS: Los responsables inscriptos y los sujetos exentos en el impuesto al valor agregado.
VIGENCIA DEL REGIMEN:
✅DESDE 01/10/2019.- 1. A partir del período octubre de 2019, para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que sean habilitados a realizar la presentación simplificada del “Libro de IVA Digital” de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la presente, y que hayan sido notificados por esta Administración Federal a su domicilio fiscal electrónico, respecto de su inclusión.
✅DESDE el período enero de 2020, para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que y hayan efectuado ventas por un monto total de operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto al valor agregado durante el año calendario 2018 por un importe igual o inferior a quinientos mil pesos ($ 500.000).
✅DESDE el período marzo de 2020, para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, que hayan efectuado ventas por un monto total de operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto al valor agregado durante el año calendario 2018 por un importe superior a quinientos mil pesos ($ 500.000) e inferior o igual a dos millones de pesos ($ 2.000.000).
✅ DESDE el período mayo de 2020, para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que hayan efectuado ventas por un monto total de operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto al valor agregado durante el año calendario 2018 por un importe superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000).
✅ DESDE el período julio de 2020, para los responsables exentos ante el impuesto al valor agregado.
✅ Quienes inicien actividades como responsables inscriptos o exentos en el iva o adquieran dicha categoria deberán realizar el
Libro Iva Digital a partir del mes en que tales hechos ocurran o desde las fechas indicadas en punto 1 a 5 la que fuere posterior

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