BENEFICIOS IMPOSITIVOS PARA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS COMO CONSECUENCIA DEL DICTADO DE LA MORATORIA

 EL BENEFICIO ES PARA CONTRIBUYENES CUMPLIDORES

Para Afip son cumplidores quienes desde el 01/01/2017 y hasta el 26/08/2020
hayan efectuado todas las presentaciones de sus ddjj y asimismo las hayan abona
do.-
En que consiste el beneficio
En una amortización acelerada de las inversiones en bienes de uso bienes que
se realicen hasta el 31/12/2021
Las empresas deben optar por uno (no son acumulativos) de los siguientes benefi
cios:
1- inversion en bienes muebles amortizables adquiridos,elaborados o fabricados:
en dos cuotas anuales iguales y consecutivas
2- inversion en bienes muebles amortizables importados: en tres cuotas anuales
iguales y consecutivas
3- Invesiones en obras de infraestructura: en la cantidad de cuotas anuales que
surja de considerar una vida útil reducida en un 50 %
La opción se comunica a la Afip y se aplica a todas las inversiones que se realicen
para la ejecución de la inversión asi como a las que se requieran para su funciona
miento.-
Cuando se aplica este régimen : en las declaraciones juradas de los ejercicios finali
zados con posterioridad al 30/12/2020


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