LEY DE MODERNIZACION LABORAL Nº 27802 -CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
El art. 27 modifica el 92 ter de la ley de contrato de trabajo.
El texto anterior
consignaba:
“El
contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador
se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a
la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de
la actividad.
El
proyecto elimina la exigencia de las 2/3 partes al establecer
“el contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del
cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número
de horas al dia o a la semana INFERIORES
A LA JORNADA LEGAL O CONVENCIONAL
DE LA ACTIVIDAD…”
La ley 27802 establece :
y agrega
No podrán exceder la
jornada legal salvo el caso del artículo 89
Entendemos atinada la eliminación de la obligación de llegar como mínimo a las
2/3 de la jornada legal, así como la posibilidad de hacer horas suplementarias.-

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